Impuestos y obligaciones

Régimen Pro-Pyme: tributación simplificada

Cómo opera el Régimen Pro-Pyme chileno — General y Transparente — para empresas con ingresos hasta UF 75.000 anuales, con tasa especial de impuesto a la renta y deducción inmediata de inversiones.

El Régimen Pro-Pyme (artículo 14 D de la Ley sobre Impuesto a la Renta, incorporado por la Ley 21.210 de 2020) es el régimen simplificado para empresas pequeñas y medianas. Tiene dos variantes: Pro-Pyme General (14 D N°3) y Pro-Pyme Transparente (14 D N°8). Según la información del SII, se aplica a empresas con ingresos promedio anuales bajo UF 75.000. La tasa de Primera Categoría de Pro-Pyme General es de 12,5% en los años tributarios 2026 y 2027 y de 15% en el año tributario 2028, conforme a la Ley 21.755. En Pro-Pyme Transparente la empresa no paga Primera Categoría y la renta se grava en sus dueños. Los requisitos, las actividades excluidas y los plazos para optar los define la ley y el SII: revísalos en sii.cl o con un contador.

  • Pro-Pyme General: tasa de Primera Categoría de 12,5% en los años tributarios 2026 y 2027.
  • Pro-Pyme Transparente: 0% empresa, renta pasa a socios personas naturales (escala IGC).
  • Acceso: ingresos promedio anuales bajo UF 75.000, según el SII.
  • El cambio de régimen se hace ante el SII dentro de los plazos que este fije.

Cómo funciona

Verifica si calificas. El SII indica ingresos promedio anuales bajo UF 75.000. Revisa en sii.cl los demás requisitos y las actividades excluidas, o consúltalo con un contador.

Elige el régimen ante el SII. La opción se ejerce en el portal del SII dentro de los plazos que este establece. Pro-Pyme General o Transparente dependen de quiénes son los dueños de la empresa; confirma tu caso con un contador.

Aplica el tratamiento del régimen. Pro-Pyme General paga Primera Categoría con tasa reducida (12,5% en los años tributarios 2026 y 2027). En Pro-Pyme Transparente la empresa no paga Primera Categoría y los dueños tributan por la renta que se les atribuye. El detalle de deducciones y de la determinación de la renta debe revisarlo tu contador.

Sigue emitiendo tus documentos igual. El régimen no cambia la emisión de facturas ni boletas ni la tasa de IVA de 19%. Cambia la determinación del impuesto a la renta.

Cumple tus declaraciones. El F29 mensual de IVA se presenta como cualquier contribuyente. El impuesto a la renta se declara una vez al año, con el tratamiento propio de cada variante.

Base legal

  • Ley 21.210 de 2020 (Modernización Tributaria) — Incorpora el Régimen Pro-Pyme al artículo 14 D.
  • DL 824/1974 (Ley sobre Impuesto a la Renta) art. 14 letra D — Régimen Pro-Pyme General y Transparente.
  • Ley 21.755 y circulares del SII sobre Pro-Pyme (por ejemplo, la Circular 53 de 2025) — vigentes en sii.cl.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo conviene Pro-Pyme General vs Pro-Pyme Transparente?

Depende de la situación de los dueños y de si la empresa retira o reinvierte utilidades. En Pro-Pyme General la empresa paga Primera Categoría con tasa reducida. En Pro-Pyme Transparente los dueños tributan directamente por la renta atribuida. Compara ambos caminos con un contador antes de decidir.

¿Salir de Pro-Pyme al superar UF 75.000 es problemático?

Es un cambio de régimen que requiere algo de planificación. Si durante el ejercicio superás UF 75.000, no salís automáticamente — el cambio ocurre al cierre del año comercial cuando se confirma el monto. Desde el 1º de enero del año siguiente, pasás al régimen general semi-integrado de Primera Categoría (tasa 27%, con créditos parciales en distribución a socios). El cambio implica: redefinir la depreciación de activos fijos que se habían deducido inmediatamente (corrección de bases imponibles), ajustar la contabilidad al estándar completo, replantear estrategia de retiros y distribución a socios. Conviene anticipar el paso 12-18 meses antes con un contador especializado.

¿Pro-Pyme afecta la emisión de DTE de alguna manera?

No afecta directamente el sistema de DTE — emitís factura tipo 33 y boleta tipo 39 igual que cualquier contribuyente, con las mismas reglas de IVA al 19%. Lo que cambia es a nivel impuesto a la renta (Primera Categoría) y la administración general. En tu sistema de facturación, no hay configuración especial — el régimen tributario es un parámetro contable, no de emisión. La integración con tu contabilidad sí cambia: software contable optimizado para Pro-Pyme reduce significativamente el trabajo de cierre mensual y anual.

¿Las empresas con giro de servicios profesionales pueden estar en Pro-Pyme?

Depende de la naturaleza del servicio profesional. Servicios profesionales en sentido amplio (consultoría, ingeniería, publicidad, software, salud no afecta a IVA específico) generalmente pueden estar en Pro-Pyme. Servicios profesionales específicos regulados por colegios profesionales (médicos en algunas modalidades, abogados, contadores) tienen tratamientos especiales y a veces régimen propio. La Ley 21.210 amplió mucho las actividades elegibles para Pro-Pyme, pero hay exclusiones específicas; consultá tu situación con un contador o directamente con el SII si tenés duda. Si calificás, los beneficios de Pro-Pyme (tasa 12.5% Pro-Pyme General o 0% Pro-Pyme Transparente) son significativos vs el régimen general.

¿4invoices administra mi régimen Pro-Pyme o declara mis impuestos?

No. 4invoices permite crear facturas con la tasa de IVA por línea, en cualquier moneda con tipo de cambio, y descargarlas en PDF, con 6 meses gratis sin tarjeta. No calcula el impuesto a la renta, no determina tu régimen ni presenta declaraciones ante el SII.

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