Documentos tributarios

Factura electrónica tipo 33 y 34 ante SII

Cómo se emite la factura electrónica chilena — tipo 33 cuando hay IVA y tipo 34 cuando está exenta — ante el SII (Servicio de Impuestos Internos), usando CAF, certificado digital y la firma electrónica avanzada del contribuyente.

En Chile, la factura electrónica es obligatoria para la gran mayoría de los contribuyentes, según el calendario que fijó el SII. La factura electrónica reemplazó a la factura en papel, que solo subsiste en casos excepcionales autorizados por el SII. Cada documento tiene un tipo numérico definido por el SII (Servicio de Impuestos Internos): tipo 33 para factura afecta a IVA, tipo 34 para factura exenta de IVA, tipo 39 para boleta electrónica afecta, tipo 41 para boleta electrónica exenta, tipo 52 para guía de despacho electrónica, tipo 56 para nota de débito, tipo 61 para nota de crédito. Para emitir una factura electrónica, necesitás tres elementos previos: (1) ser un contribuyente con inicio de actividades autorizado por el SII y resolución exenta para emitir DTE; (2) tener un certificado digital de firma electrónica avanzada vigente, emitido por una entidad acreditada por el SII; (3) tener un rango de folios autorizados (CAF — Código de Autorización de Folios) descargado para cada tipo de documento que vas a emitir. El flujo de emisión: tu sistema arma el XML del DTE conforme al esquema del SII, lo firma con tu certificado digital, le asigna un folio del CAF correspondiente, lo envía al SII via web service o lo deja en cola para envío programado, y entrega al cliente el XML firmado más la representación impresa con código de timbre electrónico (timbre electrónico que el SII publica como obligatorio y que codifica los datos esenciales del DTE para validación visual).

  • Factura tipo 33: afecta a IVA al 19%. Factura tipo 34: exenta de IVA.
  • Requiere certificado digital de firma electrónica avanzada + CAF vigente.
  • Envío al SII vía servicio web (síncrono) o batch (asíncrono).
  • Representación impresa con timbre electrónico — validación visual.

Cómo funciona

Iniciás actividades en el SII y obtenés resolución para emitir DTE. Vía MiSii con clave tributaria, declarás inicio de actividades (formulario electrónico) con tu giro económico (códigos del catálogo SII), domicilio, capital. Una vez aceptado el inicio, solicitás autorización para emitir DTE (Documento Tributario Electrónico) — el SII te emite una resolución exenta que habilita los tipos de documento (33, 34, 39, 41, 52, 56, 61) según tu actividad. Algunos giros requieren autorizaciones adicionales (rubros regulados como transporte, salud).

Tramitás certificado digital de firma electrónica avanzada. Hay varias entidades acreditadas por el SII (el SII publica la lista vigente). El certificado es nominativo (vinculado a tu RUT o al RUT del representante legal de la empresa), tiene la vigencia que fije la entidad emisora, y se entrega en archivo PFX o token criptográfico USB. Sin certificado vigente, el SII rechaza tus DTE.

Solicitás folios CAF (Código de Autorización de Folios). Por cada tipo de documento que vas a emitir, descargás un rango de folios pre-autorizados por el SII. Vas a MiSii → Servicios → Folios y solicitás el rango (por ejemplo, factura 33 folios 1 al 5000). El SII te entrega un archivo XML que contiene los folios asignados, el rango válido, la firma del SII y los datos de tu empresa. Tu sistema importa el CAF y asigna folios consecutivos a cada DTE que emite hasta agotar el rango — entonces solicitás un nuevo rango.

Armás el XML del DTE conforme al esquema del SII. Cada DTE es un XML con estructura jerárquica: encabezado (datos del emisor, receptor, fecha, tipo de documento, folio), detalle (líneas con cantidad, descripción, precio unitario, descuentos, IVA), totales (neto, IVA discriminado, exento, total). Para factura tipo 33 va el IVA al 19% discriminado; para tipo 34 va monto exento. Firmás el XML con tu certificado digital según las especificaciones técnicas del SII.

Enviás el DTE al SII y entregás al cliente. Hay dos modos: (a) envío individual síncrono vía servicio web del SII — tu sistema envía el XML firmado al SII y este informa si lo acepta o lo rechaza; (b) envío batch asíncrono donde acumulás DTEs y los enviás en sobre electrónico al SII, que procesa y devuelve respuesta vía Buzón Electrónico. Una vez aceptado por el SII, el DTE es válido. Generás la representación impresa (PDF o papel) con el timbre electrónico y se la entregás al receptor por email o impresión. El receptor también puede consultar el DTE en su MiSii ya que el SII lo distribuye en su Buzón Electrónico.

Base legal

  • DL 825/1974 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios) — Establece IVA, factura, boleta, nota de crédito y débito.
  • Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DS 55/1977) — Operacionaliza la emisión y registro de documentos tributarios.
  • Resoluciones del SII sobre facturación electrónica y Formato de Documentos Tributarios Electrónicos — vigentes en sii.cl.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el SII rechaza un DTE que ya entregué al cliente?

El DTE rechazado no tiene validez tributaria. El SII informa el motivo del rechazo (por ejemplo, datos del receptor, folio fuera del rango autorizado, error de cálculo, esquema XML o firma). Corrige la causa y emite un nuevo documento con un folio nuevo. Si ya enviaste el PDF a tu cliente, avísale del cambio.

¿Cuál es la diferencia entre factura tipo 33 y 34?

Es el tratamiento del IVA. La factura tipo 33 está afecta al IVA del 19% — se discrimina IVA en el detalle y el cliente (si es contribuyente de IVA) puede tomarla como crédito fiscal. La factura tipo 34 está exenta de IVA — son operaciones excluidas por ley del impuesto: exportaciones (que también pueden ser tipo 110/111 con régimen específico), educación, salud reconocida, transporte público de pasajeros, ciertos productos básicos en condiciones específicas. La factura tipo 34 no genera débito fiscal para vos ni crédito para el cliente. Si tu giro es mixto (algunas operaciones afectas, otras exentas), emitís cada operación con el tipo correspondiente.

¿Para qué sirve el timbre electrónico en la representación impresa?

El timbre digital codifica los datos esenciales del DTE (RUT emisor, tipo, folio, fecha, RUT receptor, monto) en un código de barras PDF417. Cualquier persona puede verificarlo con las herramientas que ofrece el SII y validar que el DTE existe en el padrón del SII, que está aceptado, y que los datos coinciden con lo impreso. Sirve como mecanismo antifraude visual cuando alguien recibe un papel impreso y quiere verificar autenticidad sin acceso al XML. Es obligatorio en toda representación impresa de DTE.

¿Mi sistema antiguo de facturación en papel puede seguir funcionando?

En general no: la factura en papel solo subsiste en casos excepcionales autorizados por el SII. El SII ofrece el Portal MIPYME, un sistema gratuito de emisión, para quienes tienen bajo volumen. También existen sistemas de facturación autorizados por el SII. Antes de elegir uno, confirma en sii.cl que cuente con la autorización correspondiente.

¿4invoices emite facturas electrónicas tipo 33 o 34 ante el SII?

No. 4invoices permite crear facturas con la tasa de IVA por línea, en cualquier moneda con tipo de cambio, y descargarlas en PDF, con 6 meses gratis sin tarjeta. No emite DTE con timbre ni folios CAF, no firma documentos, no se conecta con el SII y no archiva con validez legal. Para emitir una factura electrónica válida usa el Portal MIPYME u otro sistema autorizado por el SII.

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