IVA 13%, IT 3% e IUE 25% en Bolivia
Cómo se calculan los principales impuestos del Régimen General, qué formulario corresponde y cómo se refleja el IVA en la factura.
Los tres impuestos que más se mencionan al facturar en Bolivia son el IVA (13%), el IT (3% sobre ingresos brutos) y el IUE (25% sobre la utilidad). Sus bases están en la Ley 843. La particularidad del IVA boliviano es que el 13% se calcula sobre el importe total de la factura, es decir, el precio ya lo incluye: en una venta facturada de Bs100, Bs13 corresponden al IVA y Bs87 quedan como valor neto. Las exportaciones y algunas operaciones tienen tratamiento especial.
- IVA: 13%, se declara cada mes en el formulario 200.
- IT: 3% sobre ingresos brutos, se declara en el formulario 400.
- IUE: 25% sobre la utilidad, se declara al cierre de gestión en el formulario 500.
- Ejemplo del IVA: total de factura Bs100, IVA Bs13, valor neto Bs87.
Cómo funciona
Calcular el IVA sobre el total. El débito fiscal es el 13% de las ventas facturadas y el crédito fiscal es el 13% de las compras vinculadas con la actividad y respaldadas con factura. Para pasar de un total con IVA a su desglose, se multiplica el total por 0,13.
Declarar el IVA cada mes con el formulario 200 (versión vigente), restando el crédito fiscal del débito fiscal. El vencimiento depende del último dígito del NIT y va del día 13 al 22 del mes siguiente.
Declarar el IT con el formulario 400. Se calcula con la alícuota del 3% sobre los ingresos brutos del periodo. La norma permite acreditar el IUE pagado contra el IT en las condiciones que fija la ley; conviene revisarlo con un contador.
Liquidar el IUE con el formulario 500 al cierre de la gestión. El SIN reconoce cuatro cierres según la actividad: 31 de marzo (industriales y petroleras), 30 de junio (gomeras, castañeras, agrícolas, ganaderas y agroindustriales), 30 de septiembre (mineras) y 31 de diciembre (bancos, seguros, comercio, servicios y otras). El pago se hace dentro de los 120 días posteriores al cierre; el SIN puede ajustar fechas por resolución.
Tratar las exportaciones aparte. Las exportaciones no pagan IVA y el exportador puede solicitar la devolución de impuestos mediante el CEDEIM; el procedimiento se tramita ante el SIN y requiere respaldos. En la factura de exportación el importe puede consignarse en bolivianos y/o en moneda extranjera.
Marco legal
- Ley 843 (Reforma Tributaria) — IVA, IT e IUE.
- Decreto Supremo 21530 — Reglamento del IVA.
- Ley 2492 (Código Tributario Boliviano).
- RND 102100000011 del SIN — moneda extranjera y tipo de cambio en la factura.
Preguntas frecuentes
¿El IVA de 13% se suma al precio o ya está incluido?
Ya está incluido. En Bolivia el 13% se calcula sobre el importe total de la factura. Si el total es Bs100, el IVA es Bs13 y el valor neto es Bs87. Al preparar precios conviene decidir desde el inicio si el precio pactado es el total final.
¿Cómo se declara el IVA y hasta cuándo?
Cada mes, en el formulario 200, con vencimiento entre el día 13 y el 22 del mes siguiente según el último dígito del NIT (0 vence el 13, 9 vence el 22). La tabla oficial está en el portal del SIN.
¿Qué pasa si no se emite factura?
La factura debe emitirse por ventas desde Bs5, o por importes menores si el comprador la pide. El SIN sanciona el incumplimiento con la clausura del local donde no se emitió la factura.
¿Cuándo cierra la gestión para el IUE?
Depende de la actividad: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre o 31 de diciembre. El pago se hace dentro de los 120 días siguientes al cierre. Verifique en el SIN cuál corresponde a su actividad.
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