IVA y tasas

Literal E e IVA Mínimo en Uruguay: qué es

El régimen de pequeñas empresas que paga una cuota mensual en lugar de liquidar el IVA de forma general.

El Literal E del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996 permite tributar como pequeña empresa (IVA Mínimo) a quienes obtienen ingresos anuales por debajo de 305.000 Unidades Indexadas. En lugar del IVA general, se paga una cuota mensual fijada por la DGI más un porcentaje de los ingresos del mes. Los comprobantes deben llevar la leyenda que indica que el contribuyente está comprendido en el Literal E. Los montos se actualizan cada año, por eso hay que verificarlos en dgi.gub.uy.

  • Base legal: artículo 52, Literal E, Título 4 del Texto Ordenado 1996.
  • Tope de ingresos anuales: 305.000 UI, según la DGI.
  • Se paga una cuota mensual más un porcentaje de los ingresos del mes.
  • Los comprobantes llevan la leyenda del Literal E.

Cómo funciona

Comprobar que la actividad y los ingresos anuales estén dentro del límite del Literal E según la DGI.

Ejercer la opción o verificar la inclusión ante la DGI, conforme al procedimiento vigente.

Emitir los comprobantes con la leyenda obligatoria que identifica al contribuyente.

Pagar cada mes la cuota que fija la DGI y el porcentaje sobre los ingresos del mes; los montos vigentes están en dgi.gub.uy.

Controlar durante el año que los ingresos no superen el tope; si lo superan, se cambia de régimen.

Marco legal

  • Texto Ordenado 1996, Título 4, artículo 52, Literal E.
  • Decretos anuales que fijan la cuota mensual (DGI, dgi.gub.uy).
  • Portal e-Factura de la DGI — inclusión y beneficios para contribuyentes de menor capacidad económica.

Preguntas frecuentes

¿Un contribuyente Literal E debe emitir CFE?

La DGI incluye a los contribuyentes de IVA Mínimo en la universalización de la facturación electrónica, con reglas y beneficios propios para quienes se adhieren. Verifica tu situación en el portal e-Factura.

¿Qué leyenda debe llevar el comprobante?

La DGI indica que los documentos deben incluir la frase «Contribuyente comprendido en el Literal E del artículo 52 del Título 4 del T.O. 1996». Confirma el texto exacto en la DGI.

¿Cuánto se paga por mes?

Se paga una cuota fija que la DGI actualiza por decreto y, según el régimen, un porcentaje de los ingresos mensuales. Consulta el valor vigente en dgi.gub.uy.

¿4invoices sirve para un contribuyente Literal E?

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