DGI y el sistema CFE en Uruguay
Cómo la Dirección General Impositiva regula los Comprobantes Fiscales Electrónicos y qué debe tener un emisor para operar en el régimen.
La Dirección General Impositiva (DGI) es el organismo que recauda los tributos internos en Uruguay. El régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) se apoya en el Decreto 36/012 y en resoluciones de la DGI. Los CFE se generan en formato XML, se firman con certificado digital y se envían a la DGI, que los valida. Los tipos más usados son el e-Ticket (código 101), la e-Factura (111) y las notas de crédito (102 para e-Ticket y 112 para e-Factura). Los detalles operativos cambian por resolución, por eso conviene consultarlos en el portal e-Factura de la DGI.
- Marco legal: Decreto 36/012 y resoluciones de la DGI.
- e-Ticket (101) y e-Factura (111) son los comprobantes de venta más comunes.
- Las notas de crédito son 102 (de e-Ticket) y 112 (de e-Factura).
- El emisor necesita autorización de la DGI y certificado digital de un prestador acreditado.
Cómo funciona
Verificar que el contribuyente tenga RUT vigente y que esté obligado a emitir CFE o quiera adherirse. El portal e-Factura de la DGI indica quién está incluido y quién queda excluido.
Obtener un certificado digital de un prestador acreditado ante la Unidad de Certificación Electrónica. Con ese certificado se firman los comprobantes.
Solicitar a la DGI la habilitación como emisor electrónico y pasar el proceso de certificación que la DGI define para el sistema que se usará.
Emitir cada comprobante con el formato y las reglas vigentes, y enviarlo a la DGI por los canales que ella establece. La DGI responde aceptando o rechazando el comprobante.
Conservar los comprobantes y respaldos durante el plazo que fija la normativa tributaria vigente, que debe consultarse en la DGI o con un contador.
Marco legal
- Decreto 36/012 — régimen de comprobantes fiscales electrónicos.
- Resoluciones de la DGI sobre facturación electrónica (portal e-Factura, efactura.dgi.gub.uy).
- Código Tributario — obligación de documentar y conservar.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el CFE para todos los contribuyentes en Uruguay?
Para los contribuyentes de IVA, la DGI fijó el 31 de diciembre de 2024 como fecha límite para los restantes contribuyentes (Resolución 2548/2023), con exclusiones como Monotributo y Monotributo Social MIDES. Consulta en el portal e-Factura de la DGI si tu caso está incluido.
¿Cuál es la diferencia entre e-Factura y e-Ticket?
La e-Factura (111) se emite a contribuyentes que identifican al receptor con su documento fiscal y le permite computar crédito de IVA. El e-Ticket (101) se emite a consumidores finales. Las reglas de identificación del receptor las define la DGI y pueden cambiar.
¿Qué pasa si no puedo enviar el comprobante a la DGI en el momento?
La DGI prevé procedimientos de contingencia con plazos propios. Los plazos exactos se establecen por resolución, así que verifícalos en el portal e-Factura antes de operar.
¿4invoices emite CFE ante la DGI?
No. 4invoices permite crear facturas con la tasa de impuesto por línea, en cualquier moneda con su tipo de cambio, y descargarlas en PDF. No se conecta a la DGI, no firma ni envía CFE, no emite comprobantes fiscales electrónicos autorizados ni los archiva con validez legal. Para emitir CFE se necesita un sistema habilitado por la DGI. Hay una prueba gratuita de 6 meses sin tarjeta.