Rut-monotributo

RUT, BPS y régimen

RUT, Monotributo y regímenes tributarios en Uruguay

Cómo se estructuran los regímenes tributarios uruguayos: Registro Único Tributario, Régimen General CEDE, Monotributo BPS y Literal E para servicios personales.

El Registro Único Tributario (RUT) es el identificador fiscal universal en Uruguay, asignado por la DGI a personas físicas y jurídicas que realizan actividad económica. Consta de 12 dígitos numéricos sin separadores ni dígito verificador visible, aunque internamente la DGI valida una rutina de control. Cada contribuyente se inscribe en un régimen tributario: el Régimen General CEDE (Control Especial de Deudores), el Monotributo regulado por el Decreto 219/007, el Literal E del artículo 52 de la Ley 18.083 para servicios personales, o regímenes especiales sectoriales. La clasificación inicial se realiza en la inscripción y puede modificarse según evolucionen los ingresos, medidos en Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) — valor anual actualizado por el Poder Ejecutivo.

  • RUT: 12 dígitos, asignado por DGI, único por persona física o jurídica.
  • Régimen General CEDE: estándar para empresas con contabilidad formal.
  • Monotributo: cuota fija mensual unificada DGI + BPS (Decreto 219/007).
  • Literal E: servicios personales bajo umbral BPC, exento de IVA e IRAE.

Cómo funciona

Iniciar la inscripción presentando el formulario 0351 ante la DGI, junto con la documentación que acredite la identidad (cédula uruguaya o pasaporte para extranjeros) y la actividad económica (contrato social para personas jurídicas, formulario simplificado para personas físicas). El trámite puede iniciarse en línea por e-Servicios DGI con clave única.

Optar por el régimen tributario que corresponda según la actividad y los ingresos previstos. El Régimen General (CEDE) aplica por defecto a empresas con contabilidad formal y a personas físicas con ingresos superiores al umbral del Monotributo. El Monotributo es opcional para microempresas con un máximo de ingresos anuales actualizado por BPC y nómina reducida.

Inscribirse paralelamente en el Banco de Previsión Social (BPS) para los aportes patronales y personales. En el caso del Monotributo, la inscripción es conjunta DGI-BPS y la cuota unificada se paga por redes de cobranza. Para CEDE, la inscripción en BPS es independiente y los aportes se determinan por planilla de trabajo mensual.

Solicitar la autorización CFE en e-Servicios DGI mediante el formulario 6361, indicando el régimen y los tipos de comprobantes a emitir (e-Factura, e-Ticket, e-Boleta de Servicios para Literal E). Sin esta autorización no es posible firmar XML con efectos fiscales. Los rangos numéricos se otorgan por tipo y serie.

Mantener actualizada la información del RUT (cambios de domicilio, actividad, modificación societaria, alta o baja de sucursales) mediante el formulario 0352. La DGI cruza datos con BPS, DGR (registros públicos) y BCU. Las inconsistencias generan observaciones que pueden bloquear la emisión de CFE hasta su regularización.

Marco legal

  • Decreto 597/988 — Registro Único Tributario.
  • Decreto 219/007 — Monotributo y Monotributo Social MIDES.
  • Ley 18.083, artículo 52 — Literal E para servicios personales.
  • Decreto-Ley 14.500 — Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC).

Preguntas frecuentes

¿Quién puede inscribirse en Monotributo?

El Monotributo está disponible para empresas unipersonales y sociedades de hecho integradas exclusivamente por familiares con un máximo de 4 dependientes, cuyos ingresos anuales no superen el umbral en BPC fijado por la normativa vigente. La actividad debe corresponder a alguna de las categorías habilitadas por el Decreto 219/007 (comercio minorista, servicios reducidos, ferias). Profesionales universitarios y actividades de mayor escala no califican.

¿Qué es BPC y por qué importa para mi régimen?

La Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) es un valor monetario anual fijado por el Poder Ejecutivo (Ley 17.856) que reemplazó al antiguo Salario Mínimo Nacional para fines tributarios y de seguridad social. Determina los umbrales máximos del Monotributo, del Literal E, del IVA Mínimo y de muchos otros parámetros fiscales. Como se actualiza anualmente, los umbrales suben en pesos uruguayos cada año.

¿Una persona física puede tener más de un RUT?

No. El RUT es único por persona, vinculado a la cédula de identidad (o pasaporte para extranjeros). Una misma persona física puede desarrollar varias actividades económicas — todas asociadas a su único RUT — y emitir CFE bajo distintas series si así lo solicita en el formulario 6361. Las personas jurídicas tienen un RUT distinto de los RUT de sus socios. Una sucursal puede tener subsucursal numerada pero comparte el RUT principal.

¿Qué diferencia hay entre Monotributo y Monotributo Social MIDES?

El Monotributo Social MIDES (Ley 18.874) es una variante para personas en situación de vulnerabilidad social, con cuota subsidiada por el Ministerio de Desarrollo Social. Permite emprender formalmente con menores costos. Está limitado a un período de transición tras el cual la empresa pasa al Monotributo regular o al Régimen General. El alta requiere certificación social del MIDES además de la inscripción ante DGI y BPS.

¿Cómo paso de Monotributo a CEDE si crezco?

Cuando los ingresos anuales superan el umbral de BPC del Monotributo, el contribuyente debe migrar al Régimen General CEDE mediante el formulario 0352. La DGI suele otorgar un plazo del primer ejercicio fiscal cerrado para regularizar. Se debe iniciar contabilidad formal (libros Diario e Inventario), comenzar a presentar formulario 2181 mensual de IVA y formulario anual de IRAE, y ajustar los aportes a BPS al régimen general por planilla. Es recomendable planificar la transición con asesor contable.

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