Iva-15-ecuador-2024

Impuestos

IVA 15%, ICE y Renta en Ecuador

Las tarifas impositivas vigentes después del Decreto Ejecutivo 198 de 2024 y cómo declararlas correctamente en los comprobantes electrónicos.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador pasó del 12% al 15% a partir del 1 de abril de 2024 mediante el Decreto Ejecutivo 198, expedido por el Presidente Daniel Noboa en el marco de la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno. Conviven cuatro tarifas: 15% como tarifa general, 5% transitoria para ciertos materiales de construcción, 0% para productos de la canasta básica y exportaciones, y la categoría "no objeto de IVA" para algunos servicios financieros y de salud. Además del IVA, el régimen tributario incluye el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), el Impuesto a la Renta y las retenciones en la fuente, que deben reflejarse correctamente en cada comprobante electrónico.

  • IVA 15%: tarifa general aplicable desde 1 de abril de 2024 (Decreto 198).
  • IVA 0%: canasta básica, exportaciones de bienes y servicios calificados.
  • ICE: tarifa variable 5%–150% según producto (alcohol, cigarrillos, vehículos).
  • Retenciones en la fuente: 1%, 1,75%, 2%, 8% y 10% según tipo de pago.

Cómo funciona

Identifique la tarifa de IVA correcta para cada línea del comprobante. El SRI codifica las tarifas como 0 (0%), 2 (12% histórico), 3 (14% histórico), 4 (15% actual), 5 (5% transitoria), 6 (no objeto) y 7 (exento). Desde abril de 2024 las facturas nuevas deben usar el código 4 para la tarifa general. Las facturas de fechas anteriores conservan los códigos 2 y 3 según corresponda.

Aplique el ICE cuando proceda. El ICE grava bienes específicos: cigarrillos (150%), bebidas alcohólicas (variable según grado), bebidas azucaradas (USD 0,18 por 100 g de azúcar), vehículos (5%–35%), perfumes (20%), servicios de TV pagada y telefonía celular (15%). El ICE se calcula sobre la base imponible y se incluye dentro del precio antes de aplicar el IVA del 15%.

Calcule las retenciones en la fuente según el tipo de pago y la condición del proveedor. Tarifas comunes: 1% por compra de bienes, 2% por servicios entre sociedades, 8% por honorarios profesionales, 10% por honorarios de profesionales con título universitario, 1,75% por seguros y reaseguros. Los contribuyentes especiales y los agentes de retención designados emiten el Comprobante de Retención (código 07) por cada operación.

Liquide el Impuesto a la Renta a fin de ejercicio. Las sociedades pagan tarifa general del 25% (reducida a 22% para microempresas y para reinversión en activos productivos según condiciones). Las personas naturales aplican la tabla progresiva del SRI con fracción básica desexcenta y tramos de 5% a 37%, con deducciones por gastos personales en salud, educación, vivienda, alimentación y vestimenta.

Declare las obligaciones en el portal SRI en Línea: formulario 104 para IVA (mensual o semestral según volumen), formulario 103 para retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta (mensual), formulario 101 para sociedades y 102 para personas naturales obligadas a llevar contabilidad (anual, hasta abril del año siguiente).

Marco legal

  • Decreto Ejecutivo 198 de 2024 — incremento del IVA al 15%.
  • Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) — IVA, ICE y Renta.
  • Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
  • Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno (marzo 2024).

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entró en vigencia el IVA del 15%?

El 1 de abril de 2024, según el Decreto Ejecutivo 198 publicado en el Registro Oficial. El incremento de 12% a 15% se enmarca en la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno aprobada en marzo de 2024 por la Asamblea Nacional. El Decreto faculta al Presidente a fijar la tarifa entre 13% y 15% mediante decreto ejecutivo; el Presidente Noboa fijó la tarifa máxima del 15%.

¿Qué bienes y servicios mantienen IVA 0% en Ecuador?

Productos de la canasta básica (leche, pan, arroz, queso, huevos, harina, mantequilla, aceite vegetal, atún en conserva), medicamentos de uso humano, libros y publicaciones, papel periódico, semillas y fertilizantes para uso agrícola, exportaciones de bienes y servicios, transporte público de pasajeros y servicios de salud y educación cuando se prestan por instituciones autorizadas. La lista completa está en el artículo 55 de la LRTI.

¿Cómo se factura el IVA del 5% transitorio?

El IVA 5% se aplica únicamente a ciertos materiales de construcción detallados en el Decreto Ejecutivo 198 y su tabla anexa (cemento, varillas de hierro, tuberías PVC, entre otros), durante un período limitado para incentivar al sector construcción. En el XML del comprobante electrónico se usa el código de tarifa 5. Verifique siempre la fecha de vigencia del régimen transitorio porque puede modificarse por nuevo decreto.

¿El ICE se incluye dentro de la base imponible del IVA?

Sí. El ICE forma parte de la base imponible sobre la cual se calcula el IVA del 15%. La cadena es: precio neto + ICE = base imponible del IVA; sobre esa base se aplica 15%. Por ejemplo, un cigarrillo de USD 1 de precio neto tiene un ICE del 150% (USD 1,50), base imponible IVA de USD 2,50 y IVA de USD 0,375. El precio final al consumidor es de USD 2,875.

¿Quiénes son agentes de retención del IVA?

Los contribuyentes especiales designados mediante Resolución del Director General del SRI, las entidades del sector público, las instituciones financieras controladas por la Superintendencia de Bancos, las empresas emisoras de tarjetas de crédito, los exportadores habituales y las empresas que emiten comprobantes electrónicos por compras a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Las tarifas de retención del IVA son 10%, 20%, 30%, 70% o 100% según el tipo de bien o servicio.

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